A continuación, explicamos las dudas más frecuentes sobre esta campaña de compra colectiva y el funcionamiento de los sistemas solares fotovoltaicos para autoconsumo.
REQUISITOS Y LIMITACIONES DE LA PROMOCIÓN
- Maximo de 10kW nominales, para particulares, comunidades de propietarios o empresas.
- Sistemas con un mínimo de 6 unidades de paneles solares fotovoltaicos. Y con potencia nominal de inversor solar desde 3kW hasta 10kW, tanto monofásico como trifásico.
- Solo instalaciones que incluyan las marcas:
HYUNDAI en paneles solares (modelo HIE-S470VI)
SOLAREDGE en inversores solares y accesorios desde 3kW hasta 10kW.
LG en baterías de litio modelos RESU 7H y 10H.
BYD en baterías de litio modelos LVS.
- Solo instalaciones que se encuentren a una distancia desde nuestra sede equivalente al trayecto de 1 hora de duración en furgoneta de trabajo.
- Solo inmuebles con disponibilidad y con conexión de Red Eléctrica, con contrato eléctrico en vigor.
Si no cumples algunos de estos requisitos, por favor, consúltanos.
SOBRE LOS PRECIOS DE LOS SISTEMAS
Imágenes orientativas de modelos y marcas de los equipos propuestos, pueden variar respecto al equipo final a instalar, consultar.
En todos los casos se incluyen:
- Paneles solares fotovoltaicos.
- Inversor solar (monofásico o trifásico).
- Envolventes y protecciones eléctricas de CC y CA.
- Medidor de consumo eléctrico con opción de vertido cero a red.
- Hasta 20 metros lineales de cableado eléctrico desde paneles fotovoltaicos hasta la ubicación del inversor.
- Hasta 10 metros lineales desde inversor hasta punto de conexión con la red interior (cuadro de protección general) usando canalizaciones existentes.
- Estructuras de aluminio para soporte y fijación coplanar de paneles en tejado o cubierta inclinada. Para estructuras diferentes (sobre suelo, inclinadas a 30º o elevadas) tendrán un precio adicional, consultar.
- Mano de obra con puesta en marcha (2 años de garantía).
- Memoria Técnica de Diseño (MTD) y legalización según normativa vigente: RD 244/2019. Certificado Instalación Eléctrica (CIE).
No se incluyen en los precios indicados:
- Baterías de Litio.
- Accesorios de Smart Energy o cualquier otro no especificado
- Trabajos de albañilería, zanjas o canalizaciones no especificadas.
- ICIO u otros impuestos, licencia de obras, condiciones técnico-económicas que pudiera exigir la Distribuidora Eléctrica ni ninguna otra partida no detallada.
Precios válidos durante el período indicado de la promoción, salvo error tipográfico y sujetos a cambios sin previo aviso.
La parte de aparamenta y equipos eléctricos tampoco precisa de mantenimiento más que de mantener su entorno limpio.
Además, para todas nuestras instalaciones, durante los dos primeros años dispones de mantenimiento gratuito. Incluye la reparación de cualquier incidencia ocasionada por un fallo en los equipos dentro de los límites de la garantía y una visita de uno de nuestros técnicos para verificar el correcto funcionamiento del sistema.
Si lo prefieres, también puedes contratar un Plan de Mantenimiento Preventivo, en el momento del contrato o en años posteriores, con el cual por una cuota mensual de 10€ (IVA incluido), Ofrecemos un servicio de asistencia técnica in situ. Consta de:
Una visita anual de hasta 2 horas, donde se revisará el correcto funcionamiento de los equipos, el estado de paneles, estructuras, cableado, aparamenta e inversor solar. Incluye una limpieza de paneles solares, para retirar de su superficie el posible barro o excrementos de aves que puedan reducir su rendimiento.
Para beneficiarte del descuento del 15%, debes hacerlo a la vez que la compra del sistema fotovoltaico.
Te informaremos de precios y características de cada uno de ellos. Consúltanos.
PASOS PARA SOLICITARLA
Contacta con nosotros para que te podamos asesorar y realizar un estudio de la mejor instalación para ti.
Te indicaremos las diversas modalidades de financiación y te entregamos formularios si fueran necesarios.
Nos envías la siguiente documentación necesaria:
Para particulares:
- DNI en vigor
- Contrato de trabajo, ultimas tres nóminas y última declaración de la renta.
- Descripción de los préstamos en vigor con otras entidades y último recibo pagado de cada uno.
- Cumplimentar los formularios adjuntos de solicitud de contratación particulares de cuenta corriente, solicitud de financiación y declaración de bienes PF.
- Si fuera autónomo, en vez del contrato de trabajo, las declaraciones trimestrales de renta e IVA del año en curso y resumen del año anterior.
Enviamos la documentación a la entidad financiera para que verifique toda la información y en la mayor brevedad posible te informará de la aprobación de la financiación por parte del banco.
En caso positivo de la operación, se formaliza firmando el Contrato y se finaliza la financiación con las condiciones pactadas.
IMPORTE MÍNIMO A FINANCIAR: 3.000€
OPCIÓN 1:
10 meses sin intereses
OPCIÓN 2:
Hasta 10 años
SIN COMISIÓN DE APERTURA
TIPO DE INTERÉS: 6,95%.
NÚMERO DE CUOTAS: hasta 120 meses.
Consúltanos para más información.
SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS FOTOVOLTAICOS
Físicamente, la electricidad se consume en el punto más cercano a la generación, por lo que, al estar el sistema fotovoltaico conectado en la red eléctrica interior de la vivienda o local, será consumida por los equipos conectados en ese mismo momento.
Nunca se desconectará de la Red, no te quedarás sin luz en ningún momento. Tampoco funciona el sistema fotovoltaico en “isla”, es decir, desconectado de la Red. Es necesario para su funcionamiento que esté interconectado a la Red (230VCA 50Hz).
- Menos consumo de la electricidad procedente de la Red
- Aumento de la cuota de autoconsumo
- Posibilidad de utilización de energía solar prácticamente las 24 horas del día
- Mayor aprovechamiento de la energía fotovoltaica producida
- Excelente rendimiento en la conversión y el almacenamiento temporal de energía
1- SE CONSUME MÁS DE LO QUE PRODUCE EL SISTEMA FOTOVOLTAICO:
En este caso se está consumiendo, por los electrodomésticos de tu hogar o local, más energía que la que está produciendo el sistema solar de autoconsumo. Por lo que el total de la electricidad consumida será suministrada por la suma del kit solar más la Red. Por ejemplo, si a las 12:00h hay un consumo de 2.000W, será suministrado hasta 1.500W por del sistema solar y 500W de la Red. Para el contador y la compañía eléctrica en ese momento, solo marca esos 500W de consumo de la Red.
2- SE CONSUME MENOS DE LO QUE PRODUCE EL SISTEMA FOTOVOLTAICO:
En este caso se está consumiendo, por los electrodomésticos de tu hogar o local, menos energía que la que está produciendo el sistema solar de autoconsumo. Por lo que la electricidad producida sobrante, no se corta o se regula sino que se exportaría (se vierte) a la Red. Por ejemplo, si a las 17:00h hay un consumo de 500W y una generación solar de 1000W, será vertido a la Red los 500W sobrantes.
Hay que tener en cuenta, que la instalación legalizada bajo la normativa actual para autoconsumidores con excedentes, estos sobrantes de energía eléctrica que van hacia la Red eléctrica pública, se serán remunerada y compensados en la factura eléctrica mensual.
AL EXISTIR ALMACENAMIENTO, CONSUMIRÁS TODO LO QUE PRODUCE EL SISTEMA FOTOVOLTAICO, A CUALQUIER HORA:
Los electrodomésticos de tu hogar o local, consumirán la energía que se está produciendo el sistema solar de autoconsumo en las horas de Sol. Si existen excedentes, no se corta o se regula sino que se almacenará en la batería de Litio. Por ejemplo, si a las 17:00h hay un consumo de 2.000W y una generación solar de 1.000W, será extraído de la batería otros 1.000W. Siendo el ahorro del 100% y sin comprar electricidad de la Red. En caso de que se necesite más potencia, el resto de la energía será automáticamente suministrado por la Red. Nunca te quedas sin luz.
Si la batería está al 100% y existe aún producción solar se puede regular para que no produzca más o enviarla a la Red. Para evitar que hayas grandes excedentes de producción, nos encargamos de estudiar en profundidad tu caso.
Las instalaciones de autoconsumo están reguladas bajo el Real Decreto 244/2019 por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
- La norma habilita la figura del autoconsumo colectivo que impulsará esta fórmula en comunidades de vecinos
- Se establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía producida y no consumida instantáneamente por los pequeños autoconsumidores
- El Real Decreto también reduce los trámites, especialmente en el caso de los pequeños autoconsumidores